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Ayudas para el reciclaje de palas de aerogeneradores y mejoras de parques eólicos y pequeñas centrales hidroeléctricas

Puntuación extra a proyectos desarrollados parcial o totalmente en municipios incluidos en los Convenios de Transición Justa (Criterio V Externalidades).

Estado: Bases

Fecha Límite de inscripción

El plazo y forma para la presentación de las solicitudes y su documentación será definido en la convocatoria correspondiente. Dichas convocatorias serán publicadas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS). Un extracto de las mismas será publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

Objetivos

3 Programas:
Programa 1: Repotenciación de instalaciones eólicas, podrán incluir la adición de almacenamiento hibridado.
Programa 2: Renovación tecnológica y medioambiental de minicentrales hidroeléctricas de hasta 10 MW, podrán incluir la adición de almacenamiento hibridado.
Programa 3: Instalaciones innovadoras de reciclaje de palas de aerogeneradores.

Actividades elegibles

Programa 1:

Podrán ser objeto de las ayudas los proyectos de inversión en la «Repotenciación de instalaciones eólicas», tanto para instalaciones existentes asociadas como nuevas, de acuerdo con su definición en el artículo 2.

 

Programa 2:

Podrán ser objeto de las ayudas los proyectos de inversión en la «Renovación tecnológica y medioambiental de minicentrales hidroeléctricas de hasta 10 MW», de acuerdo con su definición en el artículo 2. Requisitos:

  • Las minicentrales hidroeléctricas deberán tener como mínimo cinco años de vigencia restante hasta el final de su plazo concesional, a contar desde la fecha que se establezca en la correspondiente Convocatoria.
  • Las actuaciones a realizar para la renovación de una minicentral hidroeléctrica, no podrán modificar las características esenciales de la concesión de aguas sin obtener autorización de la entidad correspondiente. En ningún caso se podrá ampliar el plazo concesional vigente en más de 10 años.

 

Programa 3:

Podrán ser objeto de las ayudas los proyectos de inversión en «Instalaciones innovadoras de reciclaje de palas de aerogeneradores», de acuerdo con su definición del artículo 2. Requisitos:

  • La instalación de reciclaje deberá recuperar al menos el 50 % en peso de los residuos (palas y/u otros componentes del aerogenerador que utilicen materiales compuestos) y transformarlos en materias primas secundarias que puedan introducirse en los procesos productivos.
  • Estos proyectos deben buscar soluciones comerciales y aplicar criterios de economía circular.

Beneficiarios

Personas jurídicas, públicas o privadas cuyos proyectos e inversiones asociadas se desarrollen en territorio nacional, de acuerdo con los requisitos establecidos por cada programa.

Entre otros, podrán ser beneficiarios del programa:

a) Todo tipo de empresas con personalidad jurídica propia (Micro, Pequeña, Mediana y Gran Empresa).
b) Universidades y centros privados de investigación y desarrollo, con personalidad jurídica propia.
c) Consorcios o agrupaciones empresariales de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con personalidad jurídica propia.
d) El sector público institucional, las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas y las Universidades Públicas y sus centros adscritos con personalidad jurídica propia.

Tipo de ayuda y condiciones económicas

  1. A los efectos del cálculo de la ayuda, a cada tipología de actuación se le asignará un coste subvencionable máximo.
  2. Dicha cuantía de la ayuda máxima otorgable será la suma de la Ayuda Base y la
  3. Ayuda Adicional (variable según condiciones) que pudiera corresponder en cada caso. Dicho importe estará sometido a los límites que establezca la normativa comunitaria aplicable de ayudas de estado.
  4. Esta base reguladora establece el límite de ayuda total concedida en 15 millones de € por empresa y por proyecto, sin perjuicio de otros límites establecidos en la normativa comunitaria.
  5. Las intensidades de Ayuda Base máxima en función del programa se establecen de la siguiente manera:
    1. Programas 1 y 2: Hasta el 35 % del coste subvencionable del proyecto y hasta el 40% del coste subvencionable de la instalación de almacenamiento, para beneficiarios catalogados como «Gran Empresa». Podrá incrementarse en 20 puntos en el caso de «Pequeñas empresas» y en 10 puntos para «Medianas empresas».
    2. Programa 3: Hasta el 30 % del coste subvencionable del proyecto a beneficiarios catalogados como «Gran Empresa». Podrá incrementarse en 20 puntos en el caso de «Pequeñas empresas» y en 10 puntos para «Medianas empresas».
  6. La cuantía máxima de la ayuda se podrá incrementar en 5 puntos si el proyecto se desarrolla en un municipio de los convenios de Transición Justa (Ayuda Adicional ).

Requisitos

  1. Cada solicitud de ayuda deberá seleccionar únicamente uno de los tres programas. La misma solicitud no podrá presentarte a más de uno de dichos programas. Además, los activos asociados a una misma actuación sólo podrán estar incluidos en una única solicitud.
  2. El plazo máximo para la realización de las actuaciones será el establecido en las convocatorias correspondientes, en cualquier caso, se deberán llevar a cabo como máximo hasta el 30 de junio de 2026.

Normativa aplicable

Orden TED/1071/2022, de 8 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para los programas de concesión de ayudas a la inversión en la repotenciación de instalaciones eólicas, en la renovación tecnológica y medioambiental de minicentrales hidroeléctricas de hasta 10 MW y en instalaciones innovadoras de reciclaje de palas de aerogeneradores, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU (Programas Repotenciación Circular).

Bases: https://www.boe.es/boe/dias/2022/11/10/pdfs/BOE-A-2022-18449.pdf

Ruta para la tramitación

ENTIDAD CONVOCANTE: Miniserio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Las solicitudes para la obtención de las ayudas se dirigirán al órgano instructor, y estarán disponibles para su cumplimentación y presentación en la sede electrónica del IDAE (https://sede.idae.gob.es), donde se dispondrán los medios electrónicos de ayuda necesarios.